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año:2005
 
institución:INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 13979 2 de noviembre de 2005 DAGJ-3270-2005 Licenciado José Guido Masís Masís Unidad de Recursos Humanos INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL Estimado señor: Asunto: Consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Se refiere este Despacho a su oficio Nº RH-850-2005 presentado a la Contraloría General el 26 de mayo de 2005, memorial que fue remitido a esta División el 14 de octubre del año en curso por parte de la Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones a través de su memorial Nº DI-AA-2380 del 30 de setiembre de 2005. En la especie se formula al Órgano Contralor, una consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública (Ley Nº 8422 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 212 del 29 de octubre de 2004), solicitando respuesta en lo que atañe a esta División a la siguiente interrogante: “Aquellos colaboradores que ocupan el cargo de jefatura de las Bodegas de materiales y suministros, repuestos, combustible y artículos de oficina, bienes embargados, etc, cuyo inventario mínimo de existencia sea igual o mayor a 50 millones de colones, les corresponde el pago salarial por concepto de prohibición, de conformidad con lo establecido en el Capítulo IV, Artículo 27 del Reglamento antes citado”. · Criterio del Despacho. Conviene indicar en primera instancia, que en ejercicio de la potestad consultiva atribuida a la Contraloría General, y normada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), y la Circular Nº CO-529 sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000), el Órgano Contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas que deben ser res ...
Fecha publicación: 05/11/2005
Fecha emisión: 02/11/2005
Documento: 13979-2005.doc
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 11829 20 de setiembre, 2005 DAGJ-2798-2005 Licenciado Rodrigo Campos Hidalgo Gerente General Instituto Mixto de Ayuda Social Estimada señora: Asunto: Se autoriza al Instituto Mixto de Ayuda Social iniciar procedimiento de licitación por registro para contratar la Elaboración de un sistema de Evaluación y Desempeño y el Rediseño de Procesos, por un monto de catorce y dieciséis millones de colones respectivamente, de conformidad con lo previsto en el numeral 8 de Ley de Contratación Administrativa y 10.3 de su Reglamento General. Damos respuesta a su oficio GG 1243-07-2005, ampliado con memorial GG 1629-09-2005, recibido el 13 de setiembre del año en curso, mediante el cual solicita la autorización para iniciar un procedimiento de licitación por registro para contratar la elaboración de un sistema de evaluación y desempeño y el rediseño de procesos, por un monto de catorce y dieciséis millones de colones respectivamente, de conformidad con lo previsto en el numeral 8 de Ley de Contratación Administrativa y 10.3 de su Reglamento General. I.- Justificación de la solicitud Nos indica que el crecimiento de la demanda de los servicios institucionales y la falta de análisis de sus actividades, así como la presión causada por la diaria operación, hacen que se realicen acciones que no son necesarias o cuya justificación no es vigente y que se vayan presentando complicaciones en el enlace de los procesos. Apunta que pretenden generar en el IMAS un marco de referencia en el análisis, medición y mejora de procesos dentro del marco organizacional, lo cual implica que se requiera una optimización de los procesos existentes, realizando un levantamiento y diagnóstico de sus procesos actuales y rediseñar nuevas formas de ejecutarlos, utilizando modernos conceptos de gestión y el conocimiento de las tecnologías de información, que habiliten l ...
Fecha publicación: 26/09/2005
Fecha emisión: 23/09/2005
Documento: 11829-2005.doc
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


ull ...
Fecha publicación: 24/09/2005
Fecha emisión: 21/09/2005
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales 1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales Lic. Rodrigo Campos H. 2 20 de julio, 2005 Al contestar refiérase al oficio No. 08681 20 de julio, 2005 FOE-SO-317 Licenciado Rodrigo Campos Hidalgo Gerente General INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL Apartado postal 6213-1000 San José Estimado señor: Asunto: Incorporación del esquema de Banca de Segundo Piso dentro del Fideicomiso 32-04 BANCREDITO-IMAS-BANACIO/73-2002. Se atiende su oficio G.G. 560-04-2005 del 6 de abril del año en curso, mediante el cual solicita el criterio de esta Contraloría General sobre la posibilidad de que se garanticen, con recursos del Fideicomiso 32-04 BANCRÉDITO-IMAS-BANACIO/73-2002, operaciones de crédito en el Banco Nacional, a organizaciones sin fines de lucro, bajo el esquema de atención de Banca de Segundo Piso. En primera instancia, se debe recordar que el fideicomiso nace como una iniciativa de la pasada Administración del IMAS (1998-2002), para otorgar préstamos a las personas de escasos recursos que les permitan generar ingresos mediante procesos productivos de tipo microempresarial para superar su condición de pobreza. La Presidenta Ejecutiva de aquel momento, consideraba conveniente recurrir a una entidad bancaria para que existiera un mayor compromiso de pago por parte de los beneficiarios, para cuyo fin, se adicionó el artículo 9 a la Ley de Atención a las Mujeres en Condiciones de Pobreza, No. 7769 del 24 de abril de 1998, el cual textualmente establece: “Autorízase al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) para que, como institución pública destinada a la lucha contra la pobreza o en coordinación con otras entidades de derecho público, suscriba un contrato de fideicomiso con cualquiera de los bancos comerciales del Estado o con el Banco Internacional de Costa Rica, S. A., con recursos propios o del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familia ...
Fecha publicación: 23/07/2005
Fecha emisión: 20/07/2005
Documento: 08681-2005.doc
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


PAGE 3 R-DAGJ-416-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del once de julio de dos mil cinco.------------------------------------------------ Recurso de Objeción al cartel interpuesto por E.S. Consultoría y Construcción S. A. en contra del cartel de la Licitación Pública N° 04-05 promovida por el Instituto Mixto de Ayuda Social para la construcción de oficinas de la Gerencia Regional del IMAS en Puntarenas.---------------------- I.-Por Cuanto: El recurso que se conoce fue presentado en tiempo y forma.----------------------------- II.-Por cuanto: Alega la objetante que el sistema de evaluación del concurso, específicamente en el factor de experiencia de la empresa, genera una ventaja indebida para algún oferente (véase escrito en expediente de objeción).---------------------------------------------------------------------------------- III.-Por cuanto: Este Despacho concedió audiencia especial al Instituto Mixto de Ayuda Social mediante auto de las once horas con cuarenta minutos del veintinueve de junio de dos mil cinco, para que se pronunciara respecto de los fundamentos del recurso y a la vez se sirviera enviar a este Órgano Contralor un ejemplar del cartel de la licitación (véase expediente de objeción, folio E1).--- IV.-Por Cuanto: El Instituto Mixto de Ayuda Social atendió la audiencia conferida, manifestando su oposición a variar la cláusula objetada (véase escrito contenido en el expediente de objeción, folio B1).-------------------------------------------------------------------------------------------------- V.-Sobre el Fondo: Manifiesta la objetante que su inconformidad se centra en que la obra que se propone realizar con el presente concurso tiene una medida de 675 m2 y el área total del terreno es de 1.000 m2, de tal forma que el terreno queda en el rango donde se otorgaría 0%. Considera irracional, absurdo y excesivo que se evalúe experiencia a partir de los 2.000 m2 de co ...
Fecha publicación: 15/07/2005
Fecha emisión: 12/07/2005
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


1 2 Lic. José Guido Masís Masís 30 de setiembre, 2005 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No.12350 30 de setiembre, 2005 DI-AA-2225 Licenciado José Guido Masís Masís Profesional Responsable Recursos Humanos Instituto Mixto de Ayuda Social Carretera a San Pedro de Montes de Oca De KFC 100 mts. sur Estimado señor: Asunto: Consulta sobre funcionarios obligados a presentar declaración jurada de bienes Damos respuesta a su oficio RH-850-05, de fecha 20 de mayo del año en curso, mediante el cual indica –entre otros- que según el artículo 57 del Reglamento a la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, los miembros de las comisiones de adjudicación de contrataciones administrativas deben declarar su situación patrimonial. La duda surge en vista de que en esa Institución la comisión que existe no es de adjudicación sino de recomendación de adjudicación, por lo que nos consultan si los miembros que conforman dicha comisión, se encuentran obligados a declarar sus bienes. Al respecto, debemos manifestar que el artículo 57 del Reglamento a la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley 8422), dispone que también deberán presentar declaración los funcionarios que se encuentren nombrados en las comisiones de adjudicación en los órganos y entes que conforman la Administración Pública, no así las comisiones de recomendación de adjudicación. En ese sentido, la norma pretende abarcar a aquellos sujetos que en definitiva decidan sobre la adjudicación de bienes y servicios que la Administración requiera y que por desconcentración, a lo interno de ésta dicha actividad se haya dejado en manos de una comisión al efecto y no de las proveedurías o del jerarca. En el caso de las comisiones de recomendación, si bien los funcionarios que en ellas participen tiene responsabilidad sobre lo reco ...
Fecha publicación: 03/07/2005
Fecha emisión: 30/06/2005
Documento: 12350-2005.doc
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS


R-DAGJ-382-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las catorce horas del veintinueve de junio de dos mil cinco.------------------ Recurso de objeción al cartel de la Licitación Pública Nº 02-05, promovida por el Instituto Mixto de Ayuda Social para la “Contratación de Servicios de Archivística” interpuesto por la empresa SERVIARCHIVO S. A. -------------------------------------------------------------------------- I.- POR CUANTO: El artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa preceptúa que el recurso de objeción debe ser interpuesto dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, plazo en el cual no se toma en consideración, conforme al artículo 48 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el día de la publicación del aviso, pero sí el día del vencimiento. Así las cosas, en el presente asunto se publicó en La Gaceta Nº 99 del 24 de mayo del año en curso un aviso de invitación al concurso y se fijó como fecha de apertura el día 28 de junio del presente año. Esto significa que el número de días hábiles existentes entre el 25 de mayo pasado —día hábil posterior a la publicación de la invitación al concurso— y el 28 de junio —día fijado para la apertura de las ofertas— es de 25 días, siendo un tercio de éste, 8 días hábiles. De esta forma, el día límite para presentar cualquier recurso de objeción lo fue el día 3 de junio pasado.------------------------------------------------------------------------------------------------ II.- POR CUANTO: La firma SERVIARCHIVO S. A presentó su recurso en fecha 24 de junio de 2004 (folios A-1 del expediente del recurso), éste se encuentra fuera del plazo legalmente establecido para objetar el cartel y en consecuencia lo que procede es rechazarlo por extemporáneo.-------------------------------------------------------------------------------------------------- POR TANTO: De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por los artículos 81 de la ...
Fecha publicación: 03/07/2005
Fecha emisión: 30/06/2005
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales 1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales Lic. Rodrigo Campos Hidalgo 3 22 de junio, 2005 Al contestar refiérase al oficio No. 07207 22 de junio, 2005 FOE-SO-268 Licenciado Rodrigo Campos Hidalgo Gerente General INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL Apartado postal 6213-1000 San José Estimado señor: Asunto: Enajenación de inmuebles adquiridos por el IMAS con recursos del FODESAF que no son aptos para desarrollo habitacional. En atención a su oficio G.G. 880-06-2005 del 6 de junio en curso, mediante el cual solicita el criterio de esta Contraloría General con respecto a la “procedencia de desafectar inmuebles adquiridos por el IMAS con recursos del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares no aptos para su desarrollo habitacional, con el fin de disponerlos mediante remate o licitación pública (...) para que el producto de la venta sea empleado en su devolución al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares o para el uso en otros beneficios institucionales para la solución de viviendas a familias en condiciones de pobreza”, se le indica lo siguiente: 1) Este órgano contralor, ante una solicitud del Señor Presidente de la República, desde el 5 de agosto de 2002 requirió a la Junta Directiva de ese Instituto, mediante oficio número 9026, que tomara las acciones legalmente pertinentes en relación con las fincas adquiridas que no resultaban útiles, total o parcialmente, para los fines que justificaron su compra, así como que se determinara si de las compras de terrenos efectuadas podrían resultar responsabilidades para los funcionarios involucrados, señalando, asimismo, desde ese momento, que se trataba de un asunto que correspondía resolver a esa Administración. 2) El IMAS mediante distintos oficios ha informado a este órgano contralor de algunas de las medidas adoptadas para tratar de buscar una solución con respecto ...
Fecha publicación: 26/06/2005
Fecha emisión: 23/06/2005
Documento: 07207-2005.doc
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


1 2 R-DAGJ-251-2005 Contraloría General de la República. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José a las once horas del once de mayo de dos mil cinco.--------------- Recurso de objeción interpuesto por Telemática Internacional Corporación., S. A.; en contra del cartel de la Licitación Pública 3-2005 promovida por el Instituto Mixto de Ayuda Social para la adquisición de equipo de cómputo.------------------------------------------------------------------------------ I.- POR CUANTO: Telemática Internacional Corporación., S.A., presentó recurso de objeción en contra del cartel del referido concurso (ver expediente de objeción a folios A-1 a A-4).----------- II.- POR CUANTO: Mediante auto de las doce horas del dos de mayo de dos mil cinco, la División de Asesoría y Gestión Jurídica confirió audiencia especial al Instituto Mixto de Ayuda Social, con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel y exacta de del cartel objetado.----------------------------------------------------------------------- III.- POR CUANTO: La Administración dentro del plazo conferido atendió la audiencia especial conferida (ver escrito en el expediente de objeción, folio B-1).--------------------------------------------- IV. POR CUANTO: SOBRE EL FONDO: La recurrente aduce que la enmienda al cartel de presente concurso incumple con lo dispuesto en el numeral 48.1 del Reglamento General de Contratación Administrativa, toda vez que en La Gaceta del 18 de abril de 2005, se publicó el aviso de apertura para la licitación pública 2-2005 para la adquisición de equipo de cómputo, y se fijó la apertura de ofertas un plazo de ocho días hábiles, hasta el 28 de abril de 2005. Señala que advertida de esa irregularidad, la Administración enmendó. Así, en La Gaceta de 26 de abril de 2005 se modificó el número de concurso y del NC 2-2005 pasó a ser “NC 3-2005” y además dispuso la fecha de apertura para el 5 de mayo de 2005 ...
Fecha publicación: 14/05/2005
Fecha emisión: 11/05/2005
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No. 05158 19 de setiembre, 2005 DI-AA-0919 Licenciado Rodrigo Campos Hidalgo Gerente General Instituto Mixto de Ayuda Social Carretera a San Pedro de Montes de Oca, de KFC 100 mts sur Estimado señor: Asunto: Se solicita aclaración del oficio de esta Contraloría General No. 2928 (DI-AA-0536) del 14 de marzo del 2005. Nos referimos a su nota No. GG-690-05-2005 del 3 de mayo del año en curso, mediante el cual solicita a este Órgano Contralor aclararle a esa Entidad si lo expresado en el oficio No. 2928 supraindicado, en relación con la fórmula matemática de reajuste de precios establecida en la cláusula octava del contrato, es de aplicación para dicho documento suscrito con la firma Inversiones Camarias, S.A., o para cualquier reajuste de precios donde se deba hacer uso de la fórmula en mención. Al respecto, le informamos que este Despacho efectuó el condicionamiento establecido en el penúltimo párrafo de la nota No. 2928 (DI-AA-0536) del 14 de marzo de este año, específicamente referida al contrato suscrito con la empresa Inversiones Camarias, S.A. A mayor abundamiento, nos permitimos señalar que cada contratación tiene sus propias particularidades que implican que las cláusulas de reajuste a revisión de precios deberán responder a esas características, de forma tal que, en principio no se puede afirmar que una vez que este Órgano Contralor aprueba una cláusula de este tipo, la misma puede ser utilizada indistintamente para cualquier contratación que suscriba la Administración. Atentamente, Lic. Manuel Corrales Umaña, MBA. Jefe de Unidad Anexo: Un expediente AFN/lmu ci Archivo Central Ni: 9713, 2005001447-2 · Contratos ] ...
Fecha publicación: 12/05/2005
Fecha emisión: 09/05/2005
Documento: 05158-2005.doc
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS